Quinta entrega.
6. COMPORTAMIENTO ELECTORAL Y SIMULACIONES.
Que el sistema de representación actual no sea reflejo de las realidades regionales supone una serie dificultad para la eficiencia dela CámaraAltaya que, a ella, no se trasladan las cuestiones de fondo que afectan a las regiones y, si se tratan, los debates se limitan a discursos testimoniales o suplementarios de otros que se desarrollan en el Congreso donde se toman las decisiones de calado.
Tampoco, en cuanto la función de cámara de Segunda lectura, tiene el Senado mayor trascendencia dado que la composición y el método de elección, supone una cercana duplicidad con el Congreso con la diferencia que, en el Senado, la representatividad es menor y más rígida respecto de la diversidad electoral de cada Comunidad Autónoma. Además, restrictiva porque asigna mayor representación a las regiones menos pobladas sobrevalorando el voto de unos electores sobre otros. Así que, utilizando una palabra de moda, se pueda afirmar que existe una notable desafección de la ciudadanía, y de las Comunidades Autónomas, respecto del Senado y, también, de los partidos políticos para los que, de hecho, el Senado se ha convertido en una suerte de refugio, de prejubilación y, solo excepcionalmente, una vía de acceso de jóvenes a la función política.
Todo ello, la poca representatividad diferencial y una cierta devaluación funcional, es causa de que las elecciones al Senado tengan un comportamiento mimético respecto las del Congreso y que, elección tras elección, los grupos políticos hegemónicos tengan comportamientos paralelos, en el sentido de que las mayorías que se producen en el Congreso se reproducen en el Senado aunque, eso sí, con un sesgo, hoy más conservador, derivado de la prevalencia que se da en el actual Senado a las Comunidades Autónomas menos pobladas.
Por eso, a la hora de proponer una reforma política de hondo calado, como es la del Senado, es interesante analizar el histórico del comportamiento electoral en las últimas convocatorias, así como, en aras de alcanzar consensos y acuerdos progresivos que hagan posible la reforma, transmitir la convicción, objetivamente argumentable, que en la propuesta de reforma del Senado no habría opciones políticas beneficiadas más allá de ligeros ajustes, similares a los que se dan en cada convocatoria electoral.
En los cuadros posteriores se han reproducido los resultados de las Elecciones Generales, al Congreso y al Senado, de los últimos quince años, cinco elecciones. Del análisis, se desprende la correlación que se da entre los resultados de ambas cámaras, en cada una de las convocatorias y de cómo permanece estabilizada la polarización de las instituciones en torno a los dos partidos mayoritarios. En el cuadro del Senado se contabilizan sólo los Senadores de elección por sufragio.
El primer cuadro, referido al Senado, muestra los resultados de las cinco últimas convocatorias electorales y el índice de polarización. En el anexo 2, se incluyen los resultados por Comunidades Autónomas con los correspondientes índices de polarización.
El índice de máxima polarización estaría en el valor 1, en la medida en que el índice se apartara de ese valor visualizaría mayor pluralidad de opciones políticas. El cuadro siguiente muestra los resultados electorales referidos al Congreso de Diputados.
Comparando los cuadros anteriores se comprueba la mayor polarización del Senado respecto de la que se observa en el Congreso. En éste, de la suma de los dos partidos mayoritarios se tiene un índice de polarización de 0.922, mientras que para el Senado, ese índice es de 0.947, (referidos a 2008), siendo así que el Congreso presenta una mayor pluralidad.
Al analizar los resultados de las últimas convocatorias electorales, por lo que respecta a los dos partidos mayoritarios, PP y PSOE, los resultados que obtienen en las dos cámaras legislativas están altamente correlacionados, con la salvedad que en el caso del PP sus resultados en el Senado son mejores, dada la sobre representación que tienen las regiones menos pobladas donde los populares son hegemónicos.
La gráfica que sigue relaciona los índices de representación de los dos partidos, PP y PSOE, en el Congreso y en el Senado, en las últimas cinco convocatorias electorales, donde se visualiza la alta correlación entre las dos Cámaras, y cómo las mayorías del PP y del PSOE, se obtienen de forma contraria en el Congreso, para el PSOE y en el Senado, para el PP.
En el cuadro siguiente se cuantifica el gráfico anterior. El partido mayoritario en el Congreso, el PSOE, obtiene un índice de 0.482, por 0.44 del PP. Por lo que respecta al Senado, es el PP con 0.485, quien es mayoritario por, solo, 0.423 del PSOE. La tónica habitual es, pues, de sentido contrario de polarización entre los dos partidos según se refiera al Congreso o al Senado.
Comparando los índices anteriores es patente que el partido popular consigue ratios, notablemente, más ventajosos que los del partido socialista. Eso, obviamente, como ya se ha referido hasta la saciedad, tiene que ver con la sobrerrepresentación que se da en el Senado a favor de las Comunidades Autónomas menos pobladas.
Así, esta traslación de soporte electoral no es debido, como sería impecable desde el punto de vista de la aritmética representativa, a que el elector cambie el sentido de su voto según se trate de elección a Congreso o al Senado, sino consecuencia de una perversión intrínseca del sistema de composición del Senado: la primacía de las Comunidades menos pobladas y la mecánica electoral, como ya se ha comentado, con lo que se hace necesario replantear esta situación si, como sería deseable, aspiramos a implicar a la ciudadanía, todas las Comunidades Autónomas, en las instituciones eje vertebrador de un proyecto de Estado común.
Como resulta comprensible, para el ciudadano las instituciones, su funcionalidad, y el grado de corresponsabilidad con ellas (que se asuman sus directrices y carga legislativa, versus tengan capacidad legislativa), está directamente relacionada con la representatividad que se dé, en esas instituciones, a los agentes sociales a los cuales afecta sus decisiones, de lo contrario, las instituciones que no tengan un alto grado de representatividad resultan moralmente deslegitimadas. En otras palabras, una minoría política, no podrá esperar que una mayoría social, sociológica, dé apoyo a sus pretensiones mientras no se dé una correspondencia, una proporcionalidad objetiva entre representantes y representados. En caso contrario, por imposiciones normativas, se alimentan actitudes y posicionamientos ambiguos que producen desafecciones, inoperancia e inutilidad institucional. Podrían traerse a colación multitud de ejemplos paradigmáticos que refuerzan esta opinión. Basten dos reflexiones para ilustrar la idea.
Al margen de planteamientos ideológicos, y del reconocimiento que merece, las Naciones Unidas son un ejemplo de inoperancia si se considera que pretendía prevenir y resolver los conflictos entre estados por la vía pacífica. Como es evidente, el éxito en este propósito, fundamental, ha sido relativo tirando a nulo, ya que sólo ha impuesto sus tesis cuando, previamente, así se había acordado en el reducido núcleo de estados potentes, desde el punto de vista económico y político-militar. En el mismo sentido, han fracasado aquellas iniciativas que se han desarrollado al amparo de mayorías de Estados que no contaban con suficientes avales de las potencias, demostrándose así que el nominalismo democrático de la Asamblea, no es más que un barniz propagandístico dirigido, seguramente, a satisfacer querencias a niveles domésticos. En el otro extremo, asociaciones como el G-7, 8…, y sus diversas versiones, sí tienen peso e influencia, involucrando a los Estados representados porque son los actores, sujetos y objetos, de las decisiones que se tomen, los que están representados. Bien que no ponderadamente, pero sí con coherencia a su peso real. La homogeneidad de cada uno de los miembros permite que, a pesar de que sus resoluciones se trata de recomendaciones, la calidad equiparable de sus miembros y la puntual comparecencia de otros, permite que sus conclusiones tengan más peso y probabilidad de traducirse en políticas efectivas que decisiones asambleistas por más respaldadas que sean.
El Senado, reformado según la propuesta, supondría, desde ese razonamiento que se sigue, un plus de racionalidad, porque al establecer una mayor proporcionalidad entre las realidades regionales y su representación en la composición del Senado, posibilita que las regiones puedan considerar el Senado como Cámara de representación territorial, de sus territorios, e implicarse y respaldar política y socialmente sus decisiones. Eso es fundamental; es su propósito constitucional.
El cuadro siguiente refleja la realidad representativa del Senado actual y la del Senado que se propone. Como es visible la media de electores por Senador es superior en el nuevo Senado que en el actual (134.383). Como, también si se considera la población representada, en el Senado actual media de población/Senador es de 173.287, mientras que en el Senado de la propuesta asciende a 181.672, sin embargo, la nueva situación sería más favorable porque, como se recordará, el coeficiente de variación, (la variabilidad) sobre datos de número de población, es del 71%, en tanto, para el Senado propuesto sería del 39% (Cap.5, Apdo. 4) Y, sobre datos de número de electores, en el Senado actual es del 51% y del 38% en el caso del Senado propuesto.
En ambos casos la dispersión es menor en el Senado que se propone resultando que las Comunidades Autónomas tendrían un representación más armonizada y más homogénea en cuanto a población representada por escaño, resultando democráticamente más perfecto. Así, el diferencial de representatividad ahora es de 8.54 (cociente del menor representado con el mayor, Madrid con 408.185 electores por Senador electo, y la Rioja, con 47.762) en el caso del Senado propuesto esa misma relación se reduciría a la mitad, 4.26 (cociente 254.449, del País vasco, y La Rioja, 59.702 electores por Senador electo).
Establecida esta mejora de composición del Senado, es oportuno mostrar que la reforma que se sugiere tiene carácter institucional, y no podría deducirse ninguna afección partidista, para ello qué mejor que realizar algunas simulaciones de cómo quedaría la representación de las Comunidades Autónomas. Las simulaciones se han realizado sobre datos electorales de 2008, al Congreso (sistema electoral proporcional corregido, Ley de Hondt), a pesar de que para el Senado se utiliza el sistema mayoritario de listas abiertas. Esa preferencia por los datos proporcionados por la elección al Congreso se debe a que se considera oportuno proponer modificaciones en el actual sistema de elección al Senado, que se desarrolla en el apartado siguiente.
En la primera simulación se han tomado los datos del Congreso referidos a la totalidad de las Comunidades Autónomas como circunscripción electoral única.
En el cuadro siguiente, se realiza la misma simulación según circunscripciones provinciales pero ponderadas para la relación electores/Senadores sea la misma, o similar, en cada una de las Comunidades. En el anexo 3, se desarrolla las simulaciones por Comunidades Autónomas.
Del análisis sucinto de los resultados electorales, según el procedimiento actual o las simulaciones con circunscripción autonómica o provincial ponderada a nivel nacional, puede observarse que la polarización en torno a los partidos mayoritarios sigue produciéndose, en valores similares por lo que respecta a la suma de los partidos hegemónicos nacionales, sin embargo, estos índices pueden variar sensiblemente según se trate de una u otra simulación, véase el cuadro que sigue.
La nueva distribución de escaños no cambia la polarización que sigue produciéndose 0.94 Así pues, estas proyecciones solo son indicativas de la consolidación del voto, en cuanto las opciones hegemónicas, pues cabe suponer que, establecidas nuevas reglas electorales, la estrategia de los partidos se adecuará a las exigencias de la mecánica de elección en cada caso con lo que los datos tomados de referencia tendrán poco valor.
La distribución de escaños de las simulaciones no cambia la polarización actual de 0.94, (tomando como total los 208 Senadores elegidos por sufragio directo), o 0.93 si se incluye los 260 Senadores. (No se incluyen los de Ceuta y Melilla) Así pues, sea una u otra la simulación que se considere, circunscripción autonómica o provincial ponderada, persiste la misma polarización 0.93 y 0.94. Y, por lo que se refiere a los dos partidos hegemónicos, hoy, sumando los Senadores electos y de designación autonómica, tiene una polarización de 0.47 el PSOE y 0.46 el PP. En la propuesta de nueva composición del Senado, el PSOE estaría en 0.49 por 0.43 del PP, en el supuesto de circunscripción autonómica, o en 0.48 el PSOE y 0.45 el PP, en el según supuesto de circunscripción provincial ponderada.
En todo caso, no se podría afirmar que el PP saliera perjudicado en esta nueva aritmética electoral, por cuanto, en primer lugar, la extrapolación que se ha realizado en las simulaciones son meramente ilustrativas y contienen un error significativo: la imposibilidad so pena de estudios laboriosos y específicos de adelantar los resultados sobre la base de unas circunscripciones nuevas que, como se ha anotada párrafos más arriba, llevarán aparejadas estrategias electorales ad hoc. En segundo lugar, porque si se realizaran las simulaciones considerando la serie histórica de resultados electorales, las diferencias serían, aún, menos significativas y podrían atribuirse a la propia elasticidad de las opciones electorales.
6.1 Nuevo sistema electoral para el Senado.
La opinión que aquí se comparte es que la circunscripción natural para unas elecciones que pretendan representar a las Comunidades Autónomas debe de ser la autonómica. Sin duda, empero, la circunscripción autonómica para la elección de Senadores, si se sigue con el sistema actual mayoritario (corregido) de listas abiertas, presenta algunos problemas logísticos que ya están presentes en aquellas Comunidades Autónomas en las que compiten muchas candidaturas que deben de estar impresas en una misma papeleta de votación.
Efectivamente, cuando las circunscripciones tienen ámbito autonómico no solo debe de tenerse en cuenta el conjunto de las candidaturas sino, también, que aquéllas habrán de contar con un gran número de candidatos, lo que hace inoperante la mecánica de las actuales papeletas, de manera que parece interesante el anteproyecto, que ha presentado un grupo de expertos al parlamento catalán, de una propuesta de sistema electoral para la elección de Diputados al Parlament de Catalunya, denominada de listas desbloqueadas con voto preferencial.
En este sistema de voto, cada elector podría marcar, de entre una lista del partido determinado, aquellos candidatos que considerara más adecuados. De cada lista saldrían elegidos los candidatos más votados. Los escaños, así, deberían su elección, por una parte, al hecho que su partido los habría incluido en su lista, papeleta electoral; y, por otro lado, que los electores habrían escogido a sus representantes de entre otros del mismo partido. El resultado sería que en la cámara representativa resultante, los representantes elegidos lo serían proporcionalmente al número de votos obtenidos por la política y que, totalmente, o en gran parte, en función de cual fuere la operatividad concreta que se estableciera, los representantes serían electos personalmente por los electores.
Ese sistema electoral de listas cerradas, como para el Congreso, pero desbloqueadas, con lo que el votante elegiría a sus Senadores, parece muy a propósito para aplicarse en las elecciones al Senado. Cabría determinar si el desbloqueo de candidatos habría de ser total o parcial. Es decir, si una parte de los candidatos deberían estar asociados a la propia lista del partido que los presenta o, si todos los candidatos habrían de ser marcados, expresamente por el elector; considerando que de no pronunciarse estaría, el votante, adhiriéndose a los candidatos más votados.
La operatividad de la circunscripción autonómica exigiría establecer distritos electorales, las verdaderas circunscripciones electorales, más pequeñas calculadas sobre la base de una cierta homogeneidad de electores por Senador a elegir. Así, si a una comunidad, por ejemplo Andalucía, corresponde 38 Senadores para un cuerpo electoral de 6.234.288, la relación de electores por Senador es de 164.060 (6.234.288/38), por lo que en toda la Comunidad habría de respetarse, dentro de unos márgenes de operatividad, ese cociente. Entonces, manteniendo esa filosofía de representatividad, y en función de la operatividad electoral los distritos electorales se establecerían de forma conveniente, en ocasiones reasumiendo circunscripciones provinciales o conformando nuevos distritos, de manera que se mantuviera la homogeneidad de la relación electores por Senador, como si, efectivamente, la circunscripción electoral fuera autonómica y única.
En el cuadro anterior, se asigna a cada provincia un número de escaños respetando el mismo cociente de representatividad, con lo que se dan diferencias notables de Senadores por provincias en función de la población.
Por el contrario en la simulación, opción 2, se ha buscado mayor homogeneidad en la dimensión de los distritos electorales y, así, siempre conservando un similar cociente de representatividad, se definirían nuevos distritos electorales, circunscripciones, en las se pretenderían agrupaciones que estuvieran estribadas atendiendo a razones demográficas, geográficas, e históricas.
Como es de ver, estos distritos electorales podría ser la provincia, en aquellas comunidades que así lo quisieran o demarcaciones nuevas; en todo caso la asignación de escaños a elegir habría de ser proporcional al cociente medio de la circunscripción autonómica. En cuanto a establecer demarcaciones electorales de nuevo cuño, como parece sería el caso de Catalunya, que tiene avanzado el establecimiento de la vegueria, una suerte de subregiones que agrupan comarcas, como distrito electoral para sus autonómicas, las circunscripciones electorales serían totalmente novedosas, tal vez artificiosa, pero no por ello menos adecuadas; como fuera en su momento la división provincial del siglo diecinueve.
Establecida la circunscripción autonómica, mediatizada por las razones expuestas en distritos electorales, habría que revisar el actual sistema electoral por lo que se refiere al Senado.
La mecánica del sistema electoral que se aplica al Senado, por lo que respecta a los Senadores elegidos directamente por sufragio universal, cuatro por provincia (a excepción de las Comunidades insulares y Ceuta y Melilla), es que cada elector elige a tres candidatos, asegurando que el cuarto haya de ser de una candidatura distinta. Al tiempo, el que todos los nombres estén en una sola lista, permite que el elector pueda votar candidatos de cualquier candidatura.
Que de los escaños asignados por distritos se vote de forma que se prevea, al menos, uno para una candidatura alternativa parece una mecánica a mantener en aras de dotar de pluralidad al garantizar la presencia de la minoría mayoritaria. En cuanto, como ya se ha dicho, al hecho de que todas las candidaturas tenga que estar en una misma lista, no parece justificable porque, en definitiva la experiencia electoral ha puesto de manifiesto la correlación que se da entre las candidaturas que se votan al Congreso y al Senado, es decir, la escasísima variabilidad de intención de voto, por lo que no se justificaría mantener listas extensas de candidatos que suponen engorrosas papeletas sábanas de votación y aumentos de costes de impresión y manipulación.
En el segundo ejemplo de circunscripción autonómica que se incluye aquí, el de Castilla-León, se ve cómo, el establecimiento de distritos electorales de nueva planta, podría ser un recurso útil para reequilibrar el territorio, aún con mayor claridad que en el caso del ejemplo dela Comunidadandaluza que, por su ubicación en la periferia, comparte mayor homogeneidad desde el punto de vista socioeconómico.
En el cuadro anterior se ve que si a la Comunidad de Castilla-León le corresponden 33 Senadores, para que su cociente de representación de 65.726 electores por Senador electo (2.168.955/33) sea similar, manteniendo las mismas circunscripciones provinciales, se produce una gran disparidad entre los escaños a elegir por distrito electoral. Siendo la provincia que alberga la capital, Valladolid, y León que, como se recordará, fue la capital de la antigua región Reino de León y sigue revindicando un reconocimiento de especificidad.
En la simulación siguiente, la opción 2, se sigue manteniendo el cociente de representatividad, lo que justifica que se pueda seguir considerando circunscripción autonómica, pero se ajusta para que el número de escaños por distrito electoral sea similar.
Para esta casuística, se propondrían agrupaciones, de las actuales circunscripciones, tratando de responder, también, a criterios de tradición y proyección, desde el punto de la planificación estratégica en función de estudios especializados a realizar.
En el ejemplo se ha proyectado una distribución provisional y revisable, obviamente, porque aquí no es momento de replantear lindes de ningún tipo, sino ejemplarizar una mecánica que pudiera ser útil. Así, León, Burgos y Salamanca recuperarían, desde el punto de vista administrativo, ciertas hegemonías subregionales que, además, pudieran actuar de nuevos núcleos de redimensionamiento económico, en línea similar a cómo la conformación de las Comunidades Autónomas ha significado un mayor, evidente, reequilibrio económico y social de España.
En el anexo 3, se detalla las simulaciones aplicadas al resto de Comunidades Autónomas donde, también, se ha realizado el ejercicio de conformación de nuevos distritos electorales buscando no solo racionalidad en el sentido de mayor representatividad en cuanto a número de electores por escaño, sino, también, recogiendo aspiraciones seculares, proponer una revisión de las instancias administrativas de rango provincial a fin de aprovechar las sinergias que se producen en el momento en que se reestructura jerárquicamente el territorio.
Los ejemplos de Extremadura, donde se apunta la oportunidad de una tercera provincia Mérida, donde se ubica la capital autonómica, o el, seguramente más notorio, de Murcia, donde cabría deslindar la nueva denominación de Cartagena, son posibilidades coherentes hacia dónde mejorara la organización administrativa a escala sub autonómica. También, las casuísticas de Castilla-La Mancha, donde no parecería desorbitado conformar un distrito electoral denominado La Mancha, o Aragón, donde cabría reordenar territorialmente las provincias racionalizando su extensión volviendo a algunos de los criterios que impulsaron la división provincial del siglo XIX.
Finalmente, insistir recapitulando, en este apartado centrado en el sistema y mecánica electoral, en el efecto positivo que supondría para el Senado abandonar el sistema de lista única, para adoptar el sistema de listas específicas por candidatura, y que éstas fueran desbloqueadas, siendo el elector quien tuviera que marcar tantos candidatos como los previstos deban de asignarse, tendiendo en cuenta esa reserva que asegure un mínimo de escaños para la segunda candidatura del distrito electoral. También, aunque no sea objeto de atención, aquí, manifestar la opinión que, también, para el Congreso las listas debieran de desbloquearse buscando que el elector se implique en la misma dinámica interna de los partidos políticos forzando así, a una mayor transparencia y democracia interna.
Fin quinta entrega.